La constante alza inflacionaria no da tregua. Según los últimos datos de inflación publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al mes de enero, se ha registrado una tasa general del 5,9%, y un máximo del 7,5% en la inflación subyacente.
Por otro lado, el precio de los alimentos se ha incrementado un 15,4% en el último año, lo que afecta directamente a las economías familiares debido a la consiguiente pérdida de poder adquisitivo. De hecho, un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) indica que llenar la cesta de la compra ahora implica un gasto adicional de 860 euros en comparación con el año anterior.
La subida del IPC también afecta al cálculo de la pensión alimenticia. ¿Debería actualizarse en función del IPC actual? ¿Es posible modificarla? En primer lugar, el artículo 142 del Código Civil se refiere a la pensión por alimentos, entendida como «todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica». Además, los alimentos incluirán «la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable».
¿La pensión alimenticia se establece en el convenio o en la sentencia?
Los productos infantiles son aquellos destinados a niños de cero a tres años de edad. La inflación no da tregua y los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) muestran una tasa general de inflación del 5,9% en enero, con una inflación subyacente máxima del 7,5%. El aumento de los precios de los alimentos en el último año ha sido del 15,4%, lo que impacta directamente en el poder adquisitivo de las familias. Según un informe de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), llenar la cesta de la compra ahora cuesta 860 euros más que el año pasado.
La actualización del IPC también afecta al cálculo de la pensión alimenticia, que se ajusta según el IPC vigente. ¿Es posible modificarla? ¿Y debe actualizarse de acuerdo al IPC actual? Según el artículo 142 del Código Civil, la pensión alimenticia se refiere a todo lo necesario para el sustento, vivienda, vestimenta y atención médica de los hijos. Además, también incluye la educación e instrucción de los hijos mientras sean menores de edad y aún después, si no han completado su formación por razones que no les sean imputables.
La pensión alimenticia es una obligación que los padres tienen respecto a sus hijos menores, incapacitados o económicamente dependientes, y se establece mediante un acuerdo ante un juez en casos de divorcio o separación. Por lo general, el progenitor que no tiene la custodia es quien debe pagar la pensión, que incluye la alimentación, la ropa y los gastos educativos, entre otros conceptos.
Según los expertos en derecho familiar, la pensión de alimentos se establece mediante un convenio regulador o una sentencia, teniendo en cuenta la capacidad financiera de cada progenitor y respetando el principio de proporcionalidad. Las actualizaciones dependen de lo que se establezca en la resolución judicial previa, aunque la cantidad de meses que se toman en cuenta siempre es de 12 meses.